Desestimado el recurso del Tenisca sobre la suspensión del partido Tenisca – Tahíche

El partido se reanudará a puerta cerrada y el Tenisca pagará los gastos

El partido se reanudará a puerta cerrada y el Tenisca pagará los gastos

LanzaroteDeportiva.com

 

Los 16 minutos que restan del choque SD Tenisca – CD Tahíche, correspondiente a la 13º jornada de la División de Honor Juvenil, se tendrán que jugar a puerta cerrada y el conjunto palmero tendrá que sufragar los gastos del nuevo desplazamiento del CD Tahíche a La Palma. El Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol desestimaba el pasado el viernes el recurso presentado por el Tenisca y le da total validez al acuerdo adoptado inicialmente por el Comité de Competición y Disciplina Deportiva. El conjunto palmero tiene la posibilidad de recurrir, en última instancia, al Comité Español de Disciplina Deportivo.

Los hechos se remontan al pasado 11 de noviembre, fecha en la que tuvo que ser suspendido el partido Tenisca – Tahíche en el minuto 74, por los incidentes protagonizados por un grupo de aficionados, quienes incluso llegaron a agredir a uno de los asistentes con un paraguas. Los hechos fueron recogidos por el colegiado en un anexo. Días más tarde, el Comité de Competición de la RFEF dictaminaba la reanudación del partido a puerta cerrada, la sanción de 300 euros al Tenisca por los incidentes y correr a cargo de todos los gastos que ocasionaría el nuevo desplazamiento del CD Tahíche a La Palma.

En tiempo y forma, la SD Tenisca presentó recurso ante el Comité de Apelación. El pasado 2 de enero, Apelación decidía dar traslado al CD Tahíche del recurso presentado por el Tenisca y le daba un plazo de tres días para presentar alegaciones, si lo estimaba oportuno. Alegaciones que también fueron presentadas en tiempo y forma  por parte del conjunto conejero.

El Comité de Apelación recoge que los incidentes “son indiscutibles y están fielmente recogidos en el anexo del acta arbitral” y señala que “hay una primera serie de incidentes que finalizan momentáneamente con la intervención del delegado de campo del club recurrente”. Apelación explica que en el recurso presentado por el Tenisca “aparece amplificada como demostrativo de que el club hizo cuanto estuvo en su mano para asegurar la correcta finalización del encuentro”.

Apelación estima que las medidas tomadas por el Tenisca no fueron suficientes y expone que “surgió otra serie de incidentes (incluyendo escupitajos a un árbitro asistente) que provocaron una nueva interrupción del encuentro, que pasó a ser definitiva al ser inútiles los intentos de continuarlo”.

El Tenisca, en el recurso presentado, quiso demostrar que los incidentes del público fueron aislados e imprevisibles. El Comité de Apelación explica que “la responsabilidad de los clubes organizadores en orden a asegurar la debida y correcta celebración de los partidos” y añade que no se pueden escudar en la “imprevisibilidad” de los hechos recogidos.

El Comité de Apelación concluye confirmando íntegramente y en todos sus extremos, la resolución adoptada el 11 de diciembre de 2013 por el Juez de Competición de la RFEF. Contra la presente resolución, cabe interponer recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportivo en un plazo de quince días hábiles.

Vea el acuerdo del Comité de Apelación de la RFEF

 

 

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