Opinión | La problemática del ajedrez en Lanzarote… por Nayra Barrera

Nayra Barrera opina sobre el estado actual del ajedrez insular

Nayra Barrera opina sobre el estado actual del ajedrez insular

Nayra Barrera

 

El ajedrez insular en las últimas semanas está viviendo un terremoto, que casi todo el mundo que conoce a alguien que juega al ajedrez en Lanzarote le hace mención de esto, y añaden algún comentario en la pregunta que dejo en la libertad e imaginación de cada uno lo que se añade y que yo no voy a hacer mención, pues éste artículo esta dirigido a la normativa que regula la función de Delegado Insular y el porqué de la situación actual.

 

Lo primero que hay que decir, y por donde hay que empezar para desgranar la problemática actual en nuestra isla, es el nombramiento de la persona de Delegado Insular recogido en el deporte que nos incumbe en los artículos 2.3 y 50 de la Resolución de 5 de mayo de 1998, lo que se conoce como Estatutos de La Federación Canaria de Ajedrez, norma básica de aplicación en todos los campos de una federación. Dicho lo cual se detalla:

 

-2.3: “En las restantes islas podrá establecerse una Delegación Territorial que gestione la actividad federativa, cuyo titular será designado por la Junta de Gobierno de la Federación, a propuesta de su Presidente y oídos los distintos estamentos existentes en las mismas.”

-50:.- “En aquellas islas donde no exista Federación Insular, o ésta no se halle integrada en la Federación Canaria, ésta podrá establecer una Delegación Territorial que gestione la actividad federativa.”

 

Siendo esta la base de la problemática actual, pues si bien en las islas donde no hay federación hay que tener en cuenta a todos los estamentos existentes en la misma (es decir clubes, deportistas, jueces o árbitros, técnicos o entrenadores) para nombrar al Delegado Insular. El caso en que en Lanzarote, por parte de la Federación Canaria, se ha nombrado como delegado insular a Lorenzo Lemaur Santana, sin contar para nada con clubes, deportistas… siendo el nombramiento por parte de la Federación Canaria Nulo de Pleno derecho y contrario a su propia normativa, donde además se vulnera el derecho a la igualdad con respecto a otras islas que tienen federación propia ya que ahí para la elección si se tiene que contar con todos los estamentos propios de la isla.

 

Según consta, la inmesa mayoría de los distintos estamentos ajedrecisticos de la isla no están de acuerdo con el nombramiento de Lorenzo Lemaur Santana como delegado insular.

 

En un segundo lugar hay que decir que la labor que obstenta un Delegado Insular es meramente representativa, organizativa y como dice los propios Estatutos “gestione” por lo que carece de potestad normativa para poder dictar alguna ley y aplicado al campo de un deporte para poder crear, dictar, desarrolar o modificar unas bases de competición o órganos de directiva en una isla donde es delegación. Detallado lo anterior, y en el caso de Lanzarote, el ajedrez insular se encuentra en que el Delegado Insular modificó la bases del Campeonato por equipos donde en un principio las licencias las pagaba el patrocinador de dicho Campeonato y al pasar una fecha concreta ya eran fijas esas bases y al final los clubes acaban pagando las licencias. Idem con las bases del absoluto, veteranos y femenino donde se modificaron hasta en 4 ocasiones (incluso ya empezada la competición), no fijaba el lugar de juego (determina la nulidad de dichas bases), y la entrega de premios fijada en una fecha en las bases, el delegado insular lo cambia comunicándolo por un grupo de wassap, con las consecuencias que ello conllevó ante el desconocimiento general.

 

Acorde a derecho y como validez para todo documento, toda base de competición tiene que ir firmada y sellada no un PDF que se adjunta en un email con las bases y al final el nombre del Delegado Insular, Lorenzo Lemaur Santana, siendo además nulo de pleno derecho pues las bases de competición tienen que ir firmadas por el Presidente de la Federación Canaria con el correspondiente sello.

 

De igual importancia es el cumplimiento de las bases de competición por los jugadores y clubes de la isla, y de igual forma por el Delegado Insular, así si las bases establecen que hay que ingresar la cuota de participación en el Campeonato mediante transferenia bancaria no puede el Delegado Insular, Lorenzo Lemaur Santana, recoger dinero en efectivo de los jugadores por la inscripción de dicho Campeonato.

 

En tercer y último lugar entra, al igual que en otros campos del ámbito público, la imparcialidad y la prohibición de utilizar una competeción en beneficio propio, hecho que ocurre al organizar la competición de los niños/as por su propia Asociación Cacharros, incumpliéndose muchos aspectos jurídicos.

 

a) Es una competición que tiene que ser organizada por la Delegación Insular de Ajedrez de Lanzarote, la cual ha de recibir e ingresar la correspondiente subvención.

b) Una asociación que no está inscrita en la modalidad deportiva de ajedrez dentro del Resgistro de Entidades Deportivas de Canarias no puede participar en ningún ámbito dentro de la Federación correspondiente.

c) El nombramiento, por acta firmada de fecha de 5 de enero de 2019, sólo otorga representación ante el Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, excediendo ampliamente de las funciones otorgadas en documento oficial de la Federación Canaria de Ajedrez.

 

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